EPÍGRAFE |
INFORMACIÓN BÁSICA RESUMIDA |
INFORMACIÓN ADICIONAL |
Responsable del tratamiento |
Entidad Pública Empresarial Puertos de Galicia, C.I.F. Q6550023C-Xunta de Galicia. |
Praza de Europa, Portal 5 A-6º b. Área Central-Fontiñas.15707. Santiago de Compostela-A Coruña.
Teléfono: 981 95 70 25.
www.portosdegalicia.com
Protección de datos:
manuel.bautis.cheda@portosdegalicia.com o
manuel.bautis.cheda@xunta.gal |
Finalidades del tratamiento |
El ejercicio de las competencias constitucionales y estatutarias sobre gestión y explotación de los puertos a través de actos, contratos, concesiones y autorizaciones de ocupación de suelo portuario, aplicación de tributos, sanciones y ordenación de los puertos autonómicos de Galicia.
En general y a título indicativo:
- Gestionar los diferentes procedimientos administrativos e informar a los interesados sobre su tramitación y respetar los derechos de estos en dichos procedimientos conforme a las Leyes de procedimiento administrativo y régimen jurídico del sector público (acceso al expediente, formulación de alegaciones, recursos, etc.), realizando actos de trámite, dictando resoluciones, actos de notificación, en cualquier soporte, digital o no.
- Comprobación de la documentación de los interesados y comparecientes en los procedimientos.
- Publicaciones en boletines oficiales.
- Gestionar los procedimientos de transparencia pública y buen gobierno. Quejas, reclamaciones y denuncias.
- Gestionar las obligaciones de control interno y externo del organismo, tales como Consello de Contas, Tribunal de Cuentas, Valedor do Pobo de Galicia, Defensor del Pueblo, Organismo de Control de la Unión Europea en especial sobre fondos europeos de financiación.
|
Las finalidades más específicas del tratamiento de los datos. A título indicativo:
- La finalidad es cumplir y verificar y/o hacer cumplir los pactos, acuerdos y contratos que establecen obligaciones y derechos entre esta Entidad y los interesados que por cualquier título hacen uso de las instalaciones y servicios públicos portuarios, aplicando las tasas portuarias y cumpliendo con las obligaciones legales que de ello se derivan.
- Portos de Galicia no realiza decisiones automatizadas, creación de perfiles y lógica aplicada
- Por cuánto tiempo conservaremos sus datos:
Para determinar los períodos de conservación de los datos, Portos de Galicia, analiza las obligaciones legales que como entidad pública debe cumplir (fiscales, laborales, seguridad social, de seguridad pública, entre otras), además tiene en cuenta el tiempo de duración de los actos, contratos, concesiones, autorizaciones y todo tipo de negocios jurídicos que realiza con usuarios de los puertos y con sus proveedores de servicios.
Tenemos en cuenta también los requerimientos legales de cada tipo de procedimiento y las exigencias derivadas del ejercicio de los derechos que le asisten a los interesados en cuanto al tratamiento de sus datos de carácter personal (acceso, rectificación, limitación, oposición, portabilidad, etc.).
- Al mismo tiempo y dado que los datos se incorporan a expedientes administrativos de carácter público, se tendrán en cuenta las normas públicas de expurgo y eliminación de documentos de expedientes administrativos.
- Las imágenes grabadas por el sistema de cámaras de video vigilancia en los puertos se destruyen a los quince días de su grabación, salvo que por razones de incoación de expedientes sancionadores administrativos, o de investigación de delitos por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y otras autoridades con competencia legal, dichas imágenes deban ser bloqueadas y conservadas por el tiempo que exija el cumplimiento de tales potestades.
|
Legitimación del tratamiento |
- Ley Orgánica del Estatuto de Autonomía de Galicia.
- Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización e funcionamiento de la Administración General y del Sector Público de Galicia.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 5/1994 de 29 de noviembre, de creación del ente público Portos de Galicia (DOG nº 243 de 20 de diciembre de 1994) y a partir del 14.06.2018 la Ley 6/2017,de 12 de diciembre, encomiendan a Portos de Galicia organización portuaria de Galicia y el régimen jurídico de los puertos y de las instalaciones portuarias que son competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, que comprende la determinación, planificación, construcción, gestión y utilización del dominio público portuario y la prestación de servicios en los puertos, así como las medidas de seguridad, de policía portuaria y el régimen sancionador, ejerciendo las facultades y potestades públicas que tales normas le confieren.
|
- Ejecución de un contrato administrativo conforme a la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Caso en que si el interesado no facilita sus datos no podrá celebrase en contrato y ejecutarse. En todo caso, la presentar oferta de licitación queda sujeto a la Ley de Contratos del Sector Público.
- Cumplimiento de condiciones de un título de concesión o autorización administrativa o licencia de servicios portuarios. Leyes 5/1994 y ley 6/2017. Caso en que si el interesado no facilita sus datos no podrá otorgarse el título, el contrato o licencia.
- Cumplimiento de una obligación legal, laboral, fiscal. Entre otras muchas, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; la Ley 37/1992, del IVA y normas de desarrollo; Ley General de Seguridad Social; la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Misión en Interés público o Ejercicio de Poderes Públicos.
- Especificación: El ejercicio de las competencias constitucionales y estatutarias sobre gestión y explotación de los puertos a través de actos, contratos, concesiones y autorizaciones demaniales, aplicación de tributos, sanciones y ordenación de los puertos autonómicos de Galicia
- Interés legítimo del Responsable; Interés legítimo de un tercero o Consentimiento del interesado en los términos del Reglamento 2016/673/UE.
|
Destinatarios: cesiones o transferencias |
No se prevén cesiones o transferencias de datos tratados, salvo aquellas impuestas por normas legales nacionales e internacionales. |
A título indicativo, se prevén cesiones en supuestos de obligaciones de sanidad exterior, control de fronteras, seguridad frente a actos terroristas (código Organización Marítima Internacional ISPS), autoridades fiscales, laborales e inspección.
Entre otras, señalamos posibles entidades cesionarias por imperativo legal:
- Agencia Española de Administración Tributaria, Agencia Tributaria de Galicia, Tesorería General de Seguridad Social, Autoridades de Trabajo y Empleo, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; Juzgados, Tribunales, Defensor del Pueblo, Valedor do Pobo, Consello de Contas de Galicia, Tribunal de Cuentas del Estado. Organismos de Control nacionales y de la Unión Europea de Fondos de financiación europeos
- Cesión de datos entre Administraciones públicas para el ejercicio de competencias similares o por estar habilitada dicha cesión por Ley.
- A entidades financieras para la gestión de cobros y pagos derivados de la gestión portuaria encomendada a esta Entidad.
- Cesión a boletines oficiales e a páginas web (diarios oficiales, webs de transparencia, etc.) para dar la publicidad legal establecida legalmente (por ejemplo: licitación pública, dominio público, notificaciones edictales).
|
Derechos de las personas interesadas |
- Derecho a solicitar el acceso a los datos personales relativos al interesado,
- Derecho a solicitar su rectificación o supresión,
- Derecho a solicitar la limitación de su tratamiento.
- Derecho a oponerse al tratamiento,
- Derecho a la portabilidad de los datos
- Derecho a acudir a la Agencia Española de Protección de Datos en defensa de sus derechos.
|
Ver Información Adicional más adelante en esta página. |
Procedencia de los datos |
De administraciones públicas y de contratistas y concesionarios y usuarios y operadores de los servicios e instalaciones de los puertos. |
Los datos personales que tratamos en Portos de Galicia proceden en general de administraciones públicas, empresas de gestión de instalaciones y servicios portuarios, contratistas del sector público, titulares de concesiones y autorización de ocupación de dominio público portuario e usuarios de los servicios e instalaciones portuarias.
Las categorías de datos que se tratan son:
- Datos de identificación (de personas físicas y jurídicas y de vehículos, embarcaciones, buques)
- Direcciones postales o electrónicas.
- En general no se tratan datos especialmente protegidos, salvo en excepciones tales como las relaciones con nuestros empleados públicos, (como pueden ser datos de afiliación sindical y % de discapacidades) y con nuestros contratitas y concesionarios en aplicación de normas legales de preferencia de adjudicación de licitaciones en caso de empate de proposiciones, por ejemplo el artículo 147 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
- Significar que Portos de Galicia tiene un sistema de cámaras de video vigilancia en determinados puertos de su competencia, señalizado con las señales de advertencia de la existencia de dicho sistema de videograbación.
|